Glifo

Glifo
Topónimo: Tulpetlac. Tul-pétla-c, de tul(lin), "tule",pétla(tl), "estera"; -c, morfema de locativo "En la estera de tules".

miércoles, 19 de octubre de 2011

FUNCIONES DEL DELEGADO Y SUBDELEGADO

SABIAS QUE, SEGÚN LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MEXICO EN SU CAPITULO CUARTO, LOS DELEGADOS SON AUTORIDADES AUXILIARES, SI TE INTERESA SIGUE LEYENDO;



CAPÍTULO CUARTO
DE LAS AUTORIDADES AUXILIARES

Artículo 56.- Son autoridades auxiliares municipales, los delegados y subdelegados, y los jefes de sector o de sección y jefes de manzana que designe el ayuntamiento.

Artículo 57.- Las autoridades auxiliares municipales ejercerán, en sus respectivas jurisdicciones, las atribuciones que les delegue el ayuntamiento, para mantener el orden, la tranquilidad, la paz social, la seguridad y la protección de los vecinos, conforme a lo establecido en esta Ley, el Bando Municipal y los reglamentos respectivos.

I. Corresponde a los delegados y subdelegados:

a). Vigilar el cumplimiento del Bando Municipal, de las disposiciones reglamentarias que expida el Ayuntamiento y reportar a la dependencia administrativa correspondiente, las violaciones a las mismas;

b). Coadyuvar con el ayuntamiento en la elaboración y ejecución del Plan de Desarrollo Municipal y de los programas que de él se deriven;

c). Auxiliar al secretario del ayuntamiento con la información que requiera para expedir certificaciones;

d). Informar anualmente a sus representados y al ayuntamiento, sobre la administración de los recursos que en su caso tenga encomendados, y del estado que guardan los asuntos a su cargo;

e). Elaborar los programas de trabajo para las delegaciones y subdelegaciones, con la asesoría del Ayuntamiento.

f). Vigilar el estado de los canales, vasos colectores, barrancas, canales alcantarillados y demás desagües e informar al ayuntamiento para la realización de acciones correctivas.

Artículo 58.- Los delegados y subdelegados municipales no pueden:

I. Cobrar contribuciones municipales sin la autorización expresa de la ley;

II. Autorizar ningún tipo de licencia de construcción y alineamiento o para la apertura de establecimientos;

III. Mantener detenidas a las personas, sin conocimiento de las autoridades municipales;

IV. Poner en libertad a los detenidos en flagrancia por delito del fuero común o federal;

V. Autorizar inhumaciones y exhumaciones;

VI. Hacer lo que no esté previsto en esta Ley y en otros ordenamientos municipales.




Y SEGÚN EL BANDO MUNICIPAL DE ECATEPEC DE MORELOS 2011. EN SU ARTICULO 33, 34, 35, 35 Y 36 DICE;

Artículo 33. Son autoridades auxiliares municipales: Delegados, Subdelegados, los jefes de sector o de sección y los Jefes de Manzana que designe el Ayuntamiento, bajo las funciones reglamentarias enunciadas en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y los regla­mentos municipales inherentes.

Artículo 34. Las autoridades auxiliares municipales ejercerán, en sus respectivas circunscrip­ciones territoriales, las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el Reglamento de Participación Ciudadana de Ecatepec de Morelos y el H. Ayunta­miento, para coadyuvar a mantener el orden, la tranquilidad, la paz social, la seguridad y la protección de los vecinos, sin invadir atribuciones que no tengan expresamente conferidas, así como para promover la participación ciudadana de los habitantes de Ecatepec de Morelos.

Artículo 35. El H. Ayuntamiento podrá crear los órganos auxiliares que considere necesa­rios para el buen funcionamiento de la Administración Pública Municipal y el fomento de la participación ciudadana, quienes tendrán las facultades que establecen las leyes, el presente Bando, los Reglamentos Municipales y las demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 36. Los Consejos de Participación Ciudadana son órganos de participación comuni­taria que, en el marco de la normatividad y con un alto sentido de responsabilidad y honesti­dad, se constituyen como órganos de representación entre la ciudadanía y el Gobierno Mu­nicipal; tienen como finalidad la promoción y gestión social, así como el resguardo y utilidad de los bienes muebles e inmuebles de propiedad municipal que se destinen para beneficio de la población, en cumplimiento de los planes y programas municipales, a favor de los vecinos de sus respectivas comunidades.

La integración, estructura y funcionamiento de los Consejos de Participación Ciudadana se regirán por la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el presente Bando, el Reglamen­to que los rige y demás ordenamientos legales aplicables.


UNA VEZ CONOCIDA TODA ESTA INFORMACION  NO TE DEJES SORPRENDER

EL RESPETO AL DERECHO AJENO ES LA PAZ

viernes, 14 de octubre de 2011

NOTICIAS

Bloquean 3 horas autopista México-Pachuca

Se disputan control del sistema de agua potable en Ecatepec

Los problemas iniciaron luego de los comicios para elegir a la mesa directiva.

Dos grupos de vecinos de la colonia Santa María Tulpetlac, en Ecatepec, Estado de México, se enfrentaron por la administración del sistema de agua potable y bloquearon casi tres horas la autopista México-Pachuca, con un saldo de cinco heridos.
Ayer aproximadamente a las 10:00 horas al menos 100 personas lideradas por Honorato Luna, secretario del Sistema Autónomo de Agua Potable, y Saúl Torres Hernández, primer delegado, se reunieron afuera de las instalaciones del pozo de agua, ubicado en Santa María Tulpetlac.
Los pobladores iniciaron las agresiones arrojándose piedras y palos, resultando cinco personas con heridas leves y algunos descalabrados, por lo que no fue necesario hospitalizarlos.
Debido a que gente de Luna tomó las instalaciones, seguidores de Torres Hernández bloquearon por casi tres horas ambos sentidos de la autopista México-Pachuca, cerca de la caseta de Ecatepec.
Al lugar arribaron 50 policías municipales y el director de Gobierno del municipio, Miguel Barrera, para calmar los ánimos.
Pasadas las 14:00 horas, ambos grupos se retiraron de las instalaciones del inmueble y de la carretera de cuota, luego de que acordaron realizar una mesa de trabajo con el titular de Gobierno estatal, Germán Uribe Pichardo.
El pasado 12 de septiembre se llevaron a cabo las elecciones donde participaron cinco planillas para elegir la nueva mesa directiva del sistema independiente de agua; sin embargo, fueron canceladas por la pugna existente entre las planillas 2 y 3, integradas por simpatizante del PRD y PRI, respectivamente.
Desde entonces, los pobladores alertaron a las autoridades municipales de brotes de violencia en su comunidad.
El sistema brinda servicio a casi 12 mil 500 personas.

ASI SE LAS GASTA NUESTRO DELEGADO, NO LE BASTA CON LA CUARTA DELEGACION SI NO QUE TAMBIEN QUISO EL SISTEMA DE AGUA POTABLE.

JUAN DIEGO

Juan Diego el vidente de la virgen de Guadalupe nació en el pueblo de Santa Clara Coatitla en el año de 1474 y siendo un joven vivió con su tío en Tulpetlac y se caso con su prima María Lucia en Santa Cruz el Alto en San Pedro Xalostoc, todos estos hechos se dieron en el actual municipio de Ecatepec de Morelos.

Siendo mas tarde uno de los dos videntes de la aparición Guadalupana pero en Tulpetlac, y a quien la Señora de los cielos le hablo en nahua, dándole su nombre y curándolo de su enfermedad de Cocoliztli,  sarampión.

Juan Bernardino tío de Juan Diego y padre de su esposa María Lucia, evangelizo a Tulpetlac, Xalostoc y Coatitla con la cruz que el mismo mando a labrar en cantera de las minas de cerro gordo, el vivió en lo que es ahora el Santuario de la 5 aparición Guadalupana en Tulpetlac, donde vio a la Virgen de Guadalupe y lo curo de Cocoliztli.

En el año de 1529 por desgracia hubo una epidemia local de Cocoliztli (sarampión), y como resultado moría mucha gente entre ellas maría lucia quien fue enterrada en donde hoy se levanta la torre del campanario de la iglesia de Cristo rey, muy cerca de ella habían enterrado a su tío diego huanitzint malhuanitzint panitzint señor natural de Ecatepec y primer gobernador indígena de México Tenochtitlán durante la colonia. Este señor nació en Tolpetlac y por lo tanto se le enterró en Tolpetlac. Juan diego se acerco mucho mas a la iglesia y vivía para apoyar en todo a la celebración de la eucaristía, se hizo luego franciscano y portaba la vestimenta de los franciscanos únicamente en las festividades mas importantes, mas tarde tuvo la dicha de ser junto con su tío Juan Bernardino vidente de la santísima virgen de Guadalupe en el año de 1531 en el Tepeyac y Tolpetlac. Juan diego después de las apariciones se fue a vivir a la ermita que construyeron los de santa Clara Cuauhtitlan en el Tepeyac, para atender a la imagen de la santísima señora del cielo, mientras Juan Bernardino siguió viviendo en Tolpetlac, catequizando con la cruz de cantera labrada que el mismo había mandado hacer colocada en el atrio de la pequeña ermita de nuestra señora de la Asunción y la limpia Concepción.

Años después murió Juan Bernardino y fue sepultado allí en la capilla de indios en el Tepeyac, y con el tiempo Juan diego creció en santidad siendo un hombre que apoyo mucho en la evangelización de México a los franciscanos, y quien estaba lleno del espíritu santo, comulgaba todos los días, rezaba el rosario y barría la ermita de nuestra señora de Guadalupe, tenia fama de santo. Murió a edad avanzada y fue sepultado a los pies de su amada señora de Guadalupe.

Hoy día contamos con el santuario de la quinta aparición guadalupana en texalpan, pueblo de santa maría de Tolpetlac, municipio de Ecatepec de Morelos, te invitamos a visitar este santuario reconocido como el lugar donde vivieron Juan diego y Juan Bernardino y donde se apareció en su quinta aparición la virgen de Guadalupe, cuando estaba enfermo Juan Bernardino, lo curo y le dio el nombre de la señora del cielo. Los días 12 de mes a las 12 del medio día, se realiza la misa de sanación, puedes ganarte la indulgencia plenaria si bien.